¿Quién tiene obligación de presentar declaración?
Están obligados a presentar declaración los contribuyentes que obtengan rendimientos, rentas imputadas y ganancias patrimoniales sujetos al impuesto, con determinadas salvedades.
No obstante, si se presentó declaración del impuesto en Bizkaia, y se considera que tuvo que haberla presentado en otro territorio distinto podrá instar su anulación.
Si procede la anulación, se practicará liquidación provisional devolviendo las cantidades previamente ingresadas o emitiendo carta de pago con las cantidades devueltas indebidamente.
En caso de que se haya notificado requerimiento de presentación de declaración y se considere que no existe obligación, se deberá contestar a dicho requerimiento en el plazo establecido (15 días hábiles desde la notificación) indicando los motivos por los que se consideras que no existe obligación de presentar.
No obstante, si se presentó declaración del impuesto en Bizkaia, y se considera que tuvo que haberla presentado en otro territorio distinto podrá instar su anulación.
Si procede la anulación, se practicará liquidación provisional devolviendo las cantidades previamente ingresadas o emitiendo carta de pago con las cantidades devueltas indebidamente.
En caso de que se haya notificado requerimiento de presentación de declaración y se considere que no existe obligación, se deberá contestar a dicho requerimiento en el plazo establecido (15 días hábiles desde la notificación) indicando los motivos por los que se consideras que no existe obligación de presentar.
