Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética e integración de energías renovables en las viviendas:
Novedad (con efectos desde el 1/01/2025)
Deducción del 15 % (base máxima 20.000 euros anuales por declaración, sea individual o conjunta) de las cantidades satisfechas por las siguientes obras y/o instalaciones realizadas en la vivienda habitual o en otra vivienda de su titularidad que tuviera arrendada como vivienda cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, para:
Deducción del 15 % (base máxima 20.000 euros anuales por declaración, sea individual o conjunta) de las cantidades satisfechas por las siguientes obras y/o instalaciones realizadas en la vivienda habitual o en otra vivienda de su titularidad que tuviera arrendada como vivienda cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, para:
- la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.
- la mejora en el consumo de energía primaria no renovable.
- obras de rehabilitación energética llevadas a cabo con el objetivo de obtener mejora de la eficiencia energética de edificios de uso predominante residencial.
