Deducción por instalación de puntos de recarga vehículos en IRPF
Novedad (con efectos desde el 1/01/2025)
15% de las cantidades satisfechas para la instalación:
15% de las cantidades satisfechas para la instalación:
- En una finca de su propiedad o en garaje comunitario en el que ostente una cuota de participación en cuanto propietario del mismo.
- De puntos de recarga de vehículos eléctricos de su propiedad y uso para fines particulares.
- Base máxima de 5.000 euros por cada instalación. Los importes de las subvenciones exentas recibidas restarán la base de la deducción.
- Se practicará la deducción en el período impositivo en el que se finalice y se ponga en funcionamiento la instalación del punto de recarga.
