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  • A partir del 1 de enero de 2026, las ordenanzas fiscales podrán contemplar una bonificación de hasta el 50% de la cuota correspondiente para los contribuyentes que tributen por cuota municipal y cumplan con ciertas condiciones. Estas incluyen la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en los locales destinados a su actividad económica, así como el desarrollo de actividades económicas directamente relacionadas con la economía circular.
  • Asimismo, desde esa misma fecha, se establece la posibilidad de aplicar una bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra del impuesto sobre bienes inmuebles en aquellos inmuebles donde se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos.

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