Obligación de declarar
Novedad (con efectos desde el 1/01/2025)
- Se establece un límite único de 20.000 euros anuales de rendimientos brutos del trabajo en tributación individual, y en tributación conjunta respecto de cada uno de las y los contribuyentes que obtengan este tipo de rendimientos, a partir del cual existe obligación de declarar.
- Se mantiene el límite de los 1.600 euros anuales para los rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales, incluidos en ambos casos los exentos.
- Se elimina la obligación de declarar en determinados supuestos específicos.
- Se elimina la posibilidad que existía de realizar la declaración abreviada.
