web
Está desconectado. Se trata de una versión de solo lectura de la página.
close
Se realizan obras en un inmueble arrendado que consisten en cambio de ventanas, pintado, cambio de baños, cambio de suelos y alicatado, fontanería, etc.  ¿Que gastos se considran mejora y cuáles reparación y consevación?

No es posible calificar de antemano un tipo de gasto como conservación y reparación o mejora sin conocer con exactitud el alcance de las obras. 

En general, son gastos de conservación o reparación: 
  • Los efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones  
  • Los de sustitución de elementos, como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad u otros.  
Por el contrario, son mejoras aquellas obras que incrementan el valor del elemento patrimonial comparándolo con su estado inicial, al aumentar su capacidad de producción, su productividad o su vida útil. 

Preguntas frecuentes

¿Necesitas más ayuda?