Condiciones específicas para presentar declaración abreviada:
- Aquellas personas contribuyentes que estén obligadas a presentar declaración como consecuencia de lo dispuesto en los párrafos siguientes, podrán optar entre:
- Tributar de acuerdo a las disposiciones generales, o
- Tributar teniendo en cuenta únicamente los rendimientos de trabajo (Declaración Abreviada).
- Condiciones específicas para poder optar a la presentación de Declaración Abreviada:
- Rendimientos del trabajo entre 14.000,01 € y 20.000 €, y
- Situaciones adicionales, tales como:
- Que perciban rendimientos de trabajo de más de un pagador (excepto si los ingresos del segundo y siguientes no superan los 2.000 € anuales, en cuyo caso no estarían obligados).
- Que percibiendo rendimientos de trabajo de un único pagador hubiesen suscrito más de un contrato de trabajo en el ejercicio o prorrogado el existente.
- Que perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos diferentes de las percibidas de los padres (exentas).
- Que se encuentren incluidos en algunos de los supuestos establecidos reglamentariamente.
(No es posible presentarla si no se tienen ingresos por rendimientos del trabajo, incluso aunque existan gastos relacionados).
