Cálculo del porcentaje de retención
- El importe que se utilizará para calcular el porcentaje de retención establecido en las tablas correspondientes, será el resultante de aplicar, en su caso, a la cuantía total de los rendimientos de trabajo los siguientes criterios:
- Se consideran los porcentajes de integración y se excluyen retribuciones exentas según la norma.
- Se excluyen ciertas rentas como aportaciones del promotor de planes de pensiones de empleo, contribuciones de las empresas promotoras a determinados planes de pensiones, aportaciones del socio protector de EPSV, aportaciones de los empleadores a Mutualidades de previsión Social, primas abonadas por el tomador a los planes de previsión social empresariales
- Se excluyen, en su caso, las pensiones compensatorias pagadas por resolución judicial
- Las personas con discapacidad que obtengan rendimientos de trabajo aplicarán la tabla de retenciones correspondientes a los trabajadores activos discapacitados.
- La situación familiar a tener en cuenta será la existente el primer día del año natural o el día de inicio de la relación laboral.
