Qué se entiende por "satisfechas por decisión judicial"
La expresión "satisfechas por decisión judicial" conlleva que tenga que tratarse de cantidades:
- fijadas judicialmente y
- que hayan sido efectivamente abonadas.
El término "decisión judicial" no debe ser entendido, únicamente, como sinónimo de sentencia, sino que abarca cualquier fórmula en la que exista una aproximación voluntaria de las posturas de las partes en conflicto, siempre que sea objeto de algún tipo de decisión, supervisión, o ratificación judicial.
Consecuentemente, la mera participación de un órgano administrativo de mediación familiar no resulta suficiente para acreditar el derecho a la deducción (salvo que lo acordado ante dicho órgano sea ratificado judicialmente).
Consecuentemente, la mera participación de un órgano administrativo de mediación familiar no resulta suficiente para acreditar el derecho a la deducción (salvo que lo acordado ante dicho órgano sea ratificado judicialmente).
