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Una persona obtuvo exclusivamente las siguientes rentas: 
 
  • Rendimientos de trabajo por rescate de una EPSV o Plan de Pensiones (pagador 1): 6.500 €  
  • Rendimientos de trabajo por trabajo en empresa (pagador 2): 8.000 €  
  • En total obtuvo 14.500 € de dos pagadores. Por tanto, existe obligación de presentar declaración. 
 
 A efectos exclusivos de determinar la obligación de declarar, el rescate de la EPSV se debe computar al 100%, sin aplicar porcentaje de integración (60% en su caso).   

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