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Una persona obtuvo exclusivamente las siguientes rentas: 
  • Una pensión compensatoria de su ex cónyuge  por 10.500 € 
  • Una Pensión alimenticia a favor de sus hijos por 7.000€. 
En el presente ejemplo, no existe obligación de declarar, ya que la pensión alimenticia está exenta y la compensatoria es inferior a 14.000€. 

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