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Una persona obtuvo exclusivamente las siguientes rentas: 
  • Una rescate de EPSV de 15.000€  
  • Una pensión por incapacidad absoluta de 30.000€  
En este ejemplo, no existe obligación de declarar, ya que la pensión por incapacidad absoluta es un renta exenta, y no se computa, y el rescate de la EPSV no alcanza los 20.000€. 

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