Cesión del derecho de superficie de un solar a cambio de precio
He cedido el derecho de superficie de un solar de mi propiedad a una compañía de electricidad por un periodo de 20 años y por un precio de 20.000€. ¿Cómo tributará?
El derecho de superficie es un derecho real sobre un bien inmueble, por lo que los rendimientos derivados de su constitución tributan como rendimientos de capital inmobiliario y su integración será del 100% en la Base Imponible General aun cuando el periodo de generación sea de 10 años.
El derecho de superficie es un derecho real sobre un bien inmueble, por lo que los rendimientos derivados de su constitución tributan como rendimientos de capital inmobiliario y su integración será del 100% en la Base Imponible General aun cuando el periodo de generación sea de 10 años.
