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La solicitud de baja puede estar motivada por la baja total o parcial de construcciones existentes en el catastro y la documentación a presentar es la siguiente:
  • Certificado de derribo firmado por el técnico competente, o en su caso, informe del ayuntamiento.
  • Descripción gráfica de la situación resultante.
  • Si no hay certificado de derribo, se tiene que acreditar de alguna manera la fecha en la que la edificación no existe. Si no, se pondrá la fecha de solicitud de baja.
  • En el caso de baja por duplicidad, habrá que aportar fotocopia del título del bien y cualquier otra documentación que pudiera acreditar la duplicidad (planos, informes o certificados municipales, registrales, etc.)

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