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La superficie catastral no es la superficie útil ni la superficie de escrituras, por lo que antes de interponer un recurso debe tener en cuenta las siguientes consideraciones:
  • En el caso de las construcciones, se considera superficie catastral la incluida dentro de la línea exterior de los paramentos perimetrales de una edificación, y en su caso de los ejes de las medianerías, deducida la superficie de los patios de luces y de los elementos comunes y añadida la superficie de cálculo de las terrazas y/o balcones. Con las siguientes consideraciones:
    • Miradores, su superficie computa al 100%.
    • Balcones, porches y  terrazas cubiertas, su superficie se computa al 50%. En el caso de que estén cerrados por tres de sus orientaciones su su superficie computa al 100%.
    • Las superficies con altura inferior a 1,50 m., no computan.
La superficie catastral se determina conforme a los planos de fin de obra de la construcción y se recoge en el Catastro en un croquis catastral. 
Se estima que, en el caso de las viviendas, la superficie catastral puede ser entre un 15-20% superior a la útil.
En ocasiones, el error se debe a que tenemos mal ubicado nuestro elemento dentro de una planta del edificio (por ejemplo, nuestra vivienda está orientada al norte y en catastro aparece orientada al sur). Para ello es conveniente comprobar en el visor catastral el croquis de la planta y si detectamos un error, solicitar que se ubiquen los elementos correctamente dentro de la planta.
  • En el caso de terrenos: La superficie catastral es la contenida por sus linderos proyectada horizontalmente.
Documentación a presentar
  • Planos a escala, firmados por personal técnico competente, correspondientes al estado actual de la construcción. En el caso de fincas o solares, deberá estar además referido al parcelario catastral y georreferenciados.
  • Fotografías, si se considera que pueden ayudar al personal técnico de catastro a interpretar mejor la situación.
  • Fotocopia del título del bien (escrituras) o nota simple registral, en el que se describa el bien, su superficie, lindes, etc
  • La documentación de carácter gráfico (fotografías y plano de situación, plano del solar, planos de cada planta, alzado y secciones) se deberá entregar en formato digital. Será válido cualquier formato (.pdf .jpg o formatos de CAD .dwg .dxf .shx .shp .prj .dfb). El soporte de entrega será una memoria USB.
  • En el caso de incorrecta asignación de mano, escrito del presidente/a de la comunidad el que se señale sobre el croquis catastral, la correcta ubicación de las personas titulares.

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