Disposición Adicional Cuadragésima Primera – Régimen de aportaciones a otros sistemas de previsión de empleo
| Art. o Disposición | Desde 1/1/2025 | Hasta 31/12/2024 |
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| Disp. Adic. 41ª | Las deducciones previstas en los artículos 91 bis y 91 ter y en la disposición adicional cuadragésima serán de aplicación a las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión de empleo distintos cuando, de conformidad con sus especificaciones, cumplan los requisitos establecidos en la normativa aplicable... | No existe esta disposición en la versión de 2013 |
