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  • Para la deducción por rendimientos de trabajo obtenidos con carácter permanente en el extranjero (art. 92.2 de la NF 13/2013): certificado emitido por la empresa pagadora donde consten los rendimientos obtenidos por el trabajo realizado en el extranjero y los días que ha permanecido en el extranjero realizando dicho trabajo.
  • Para la deducción del artículo 92.1 de la NF 13/2013: justificante acreditativo donde consten los rendimientos obtenido en el extranjero y el pago del correspondiente impuesto extranjero (justificantes bancarios, documentos emitidos por la agencia tributaria extranjera, etc.)
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

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