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Formas de acreditar el estado civil (basta con una de las opciones ofrecidas en cada apartado)

  • Matrimonio:
    • Libro de familia o certificado equivalente en el que se haya consignado el matrimonio.
    • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil.
  • Viudedad:
    • Libro de Familia en el que se haya consignado la defunción del cónyuge.
    • Certificado de defunción del cónyuge expedido por el Registro Civil.
  • Separación, nulidad o divorcio:
    • Sentencia o decreto de separación o el otorgamiento de la escritura del convenio regulador que la determine.
    • Sentencia, decreto o escritura pública de divorcio.
    • En el propio certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil aparecerá en el marginal una anotación con la disolución del matrimonio.
    • Certificado de fe de vida y estado expedido por el Registro Civil.
  • Régimen económico matrimonial:
    • Las modificaciones se acreditan por escritura de capitulaciones matrimoniales.
    • Consta en el propio certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

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