Cálculo de prorrata general y prorrata especial
La regla de prorrata tendrá dos modalidades de aplicación: especial y general.
La regla de prorrata especial será aplicable en los siguientes supuestos:
La regla de prorrata especial será aplicable en los siguientes supuestos:
- Cuando los sujetos pasivos opten por la aplicación de dicha regla en los plazos y forma que se determinen reglamentariamente.
- En caso de aplicar la prorrata general, si el montante total de las cuotas deducibles en un año natural excede en 10% a la cantidad que podría deducir aplicando la prorrata especial, obligatoriamente se debe aplicar la prorrata especial.
